SMA formula cargos gravísimos contra Ecobio por sobrecarga de residuos y malos olores en Chillán Viejo

La Superintendencia del Medio Ambiente inició un procedimiento sancionatorio con formulación de cargos contra la empresa Ecobio S.A., titular del proyecto “Centro Integral de Tratamiento Ambiental, Fundo Las Cruces”, ubicado en la comuna de Chillán Viejo, Región de Ñuble, tras constatar una serie de incumplimientos a su normativa ambiental vigente.
El proyecto, aprobado originalmente mediante la Resolución de Calificación Ambiental N°245/2003 y modificado posteriormente a través de diversas RCA, corresponde a un depósito o relleno de seguridad destinado a la recepción, tratamiento, inertización y disposición de residuos industriales sólidos y líquidos, tanto peligrosos como no peligrosos.
Según informó la SMA, la evaluación ambiental consideró una capacidad máxima de procesamiento de 35 mil toneladas anuales y una altura de disposición de hasta 9 metros, con una altura excepcional de 18 metros sujeta a autorización sanitaria y estrictas medidas de control para evitar filtraciones y emisiones de olores hacia sectores habitados.
No obstante, las fiscalizaciones realizadas evidenciaron superaciones significativas en los volúmenes de residuos tratados, alcanzando incrementos de aproximadamente 353% en 2019, 297% en 2020, 282% en 2021, 54% en 2022, 250% en 2023, 208% en 2024 y 170,7% en 2025. Estos antecedentes se originaron a partir de 31 denuncias ciudadanas por malos olores, lo que motivó inspecciones ambientales en el recinto.
En base al análisis técnico y legal, la SMA formuló dos cargos contra la empresa. El primero, calificado como gravísimo, se imputó por modificar la ejecución del proyecto mediante la recepción y tratamiento sostenido de volúmenes superiores a los autorizados, la disposición de residuos a alturas mayores a las evaluadas y la operación del sistema de lixiviados en condiciones de sobrecarga, alterando de forma sustantiva los impactos ambientales sin contar con una evaluación ambiental previa.
El segundo cargo, clasificado como leve, corresponde al incumplimiento de la obligación de realizar monitoreos completos de la calidad de aguas subterráneas en los pozos de control del relleno sanitario y del cultivo evapotranspirador.
El jefe regional de la SMA en Ñuble, Cristian Lineros, señaló que la afectación por olores es especialmente sensible en la región, subrayando la necesidad de que los titulares de proyectos de tratamiento de residuos cumplan estrictamente con los instrumentos de gestión ambiental exigidos para su funcionamiento.
De acuerdo con la Ley Orgánica de la SMA, las infracciones gravísimas pueden derivar en sanciones como la revocación de la RCA, clausura del proyecto o multas de hasta 10.000 UTA, mientras que las infracciones leves contemplan amonestaciones o multas de hasta 1.000 UTA. Tras la notificación, Ecobio S.A. contará con 15 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento y 22 días hábiles para formular sus descargos.
