Licencia de conducir en Chile sumaría nuevo requisito y podría ser rechazada por deuda de pensión de alimentos
Un importante cambio podría enfrentar el proceso para obtener o renovar la licencia de conducir en Chile, luego de que un proyecto de ley actualmente en trámite legislativo avanzara en el Congreso y ya fuera aprobado por la Cámara de Diputadas y Diputados.
La iniciativa, impulsada por parlamentarios oficialistas e independientes, busca incorporar una nueva exigencia obligatoria para quienes postulan por primera vez o deben renovar su licencia de conducir, la que se sumaría a los requisitos ya vigentes exigidos por las direcciones de tránsito municipal.
De convertirse en ley tras su eventual aprobación en el Senado, las municipalidades deberán verificar que la persona no figure en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos al momento de realizar el trámite. Esta revisión deberá ser efectuada manualmente por los funcionarios municipales como parte del proceso de otorgamiento o renovación del documento.
Actualmente, para acceder a la licencia de conducir se exige contar con cédula de identidad vigente, tener 18 años o 17 en caso de aprobar un curso en una escuela de conductores, haber finalizado la educación básica, declarar no consumir sustancias ilícitas que afecten la conducción y aprobar los exámenes teórico, psicotécnico, práctico y médico. El proyecto agrega ahora el requisito de no mantener deudas de pensión de alimentos.
La iniciativa también contempla una medida adicional, estableciendo que la licencia de conducir podrá ser anulada si una persona pasa a integrar el registro de deudores con posterioridad a la emisión del documento. Para ello, los Departamentos de Tránsito y Transporte Público Municipal deberán revisar mensualmente el registro, identificando a quienes mantengan una licencia vigente y domicilio en la comuna.
En cuanto a quienes vean rechazado su trámite por figurar como deudores, el proyecto establece que podrán volver a solicitar la licencia una vez regularizadas sus obligaciones parentales y eliminados del registro. En estos casos, no se aplicará el plazo de dos años de inhabilitación que rige para otras causales de cancelación, permitiendo retomar el trámite de manera inmediata tras ponerse al día.
De avanzar sin modificaciones, la medida impactaría a miles de conductores a nivel nacional y reforzaría el uso de herramientas administrativas como mecanismo de cumplimiento de las obligaciones de pensión de alimentos.
