Corte ordena reincorporar a niño con TEA expulsado de colegio en Puerto Montt y califica medida como ilegal

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt ordenó dejar sin efecto la cancelación de matrícula de un niño de 8 años con diagnóstico de Trastorno del Espectro Autista (TEA), aplicada por el Colegio San Francisco Javier de la capital regional de Los Lagos. Con esta resolución, el menor deberá ser reincorporado al establecimiento para el año académico 2026.
El tribunal de alzada calificó la decisión del colegio como ilegal y arbitraria, al estimar que vulneró garantías constitucionales del niño al no implementar los apoyos y ajustes razonables exigidos por la Ley TEA y la normativa educacional vigente. En el fallo se establece que la cancelación de matrícula contravino de manera directa el marco normativo de la convivencia escolar y del aseguramiento de la calidad de la educación.
La resolución judicial señala que el establecimiento no garantizó un justo procedimiento ni contó con instrumentos específicos para el abordaje de estudiantes con diagnóstico de Trastorno del Espectro Autista, exigidos por la legislación. En ese contexto, la Corte determinó que no se aplicaron medidas adecuadas antes de recurrir a la sanción más grave contemplada en el reglamento interno.
La expulsión del menor se originó tras una serie de episodios de desregulación emocional. Sin embargo, el tribunal sostuvo que la sanción fue arbitraria, ya que el colegio aplicó un régimen disciplinario diseñado para estudiantes neurotípicos, sin considerar los deberes de ajustes razonables, apoyos especializados y estrategias preventivas que la normativa impone para estudiantes con TEA.
El abogado de la Fundación Apoyo Legal TEA y patrocinante del recurso de protección, Ricardo Mark, señaló que la sentencia constituye un precedente jurídico relevante para la comunidad autista y educativa, al establecer que la neurodivergencia no puede ser castigada ni utilizada como argumento para excluir a un estudiante del sistema escolar.
Asimismo, indicó que el fallo confirma la obligación de los establecimientos educacionales de ajustarse a la Ley TEA y de garantizar que la convivencia escolar no encubra prácticas discriminatorias ni vulneraciones de derechos fundamentales.
Desde la fundación señalaron que la familia del menor valoró profundamente la resolución judicial, indicando que la acción legal no solo buscaba revertir la sanción aplicada por el Colegio San Francisco Javier de Puerto Montt, sino también evitar que otros niños y niñas neurodivergentes sean excluidos del sistema educativo por su condición de autismo.
